Muchos negocios cobran en dólares, a clientes de aquí o de afuera. Un e-CF, un comprobante fiscal electrónico, tu factura en un archivo firmado que la DGII valida, puede ir en otra moneda, pero siempre lleva también los montos en pesos.1
¿Puedo emitir un e-CF en dólares?
Sí. El formato del e-CF tiene una sección llamada “Otra Moneda” para facturar en dólares, euros u otra moneda de la lista de la DGII.2 La lista tiene 17 códigos, entre ellos USD, EUR, CAD, GBP y MXN.2
Tu sistema pone el código de la moneda y el tipo de cambio que usaste.2 Los montos en pesos dominicanos van siempre. Los de la otra moneda se agregan, incluido el ITBIS, el impuesto a las ventas.13
Un e-CF en dólares por dentro
- La moneda y la tasa. El código de la moneda y el tipo de cambio que usaste. La tasa de 60.0000 es solo un ejemplo.
- Los montos en pesos. Van siempre, aunque factures en otra moneda.
- Los montos en dólares. Se agregan al lado, incluido el ITBIS.
La factura que le entregas al cliente, la representación impresa, es la versión para leer del e-CF. Puede mostrar solo los montos en dólares. El archivo ya lleva los dos.1 También puede usar la abreviatura de la moneda en lugar de su código.3
Aunque factures en dólares, no envías el formato 607, el reporte de ventas.4
¿Qué tasa de cambio uso en un e-CF en dólares?
Usa la tasa del Banco Central del día en que emites la factura. Así lo ha respondido la DGII en su Comunidad de Ayuda.5
La DGII publica las tasas del dólar y del euro en su página de tasas de cambio. Son las tasas de compra que el Banco Central publica cada día.6 El campo “Tipo de Cambio” del e-CF admite hasta cuatro decimales.21
Para pasar a pesos, multiplica cada monto por la tasa. Con una tasa de ejemplo de 60.0000, USD 1,000 son RD$ 60,000.
Cuidado
Si tu tasa no es la del Banco Central, los pesos de tu factura no cuadran con lo que tu cliente reporta en su formato 606. La DGII dice que esa diferencia puede traer una sanción para quien reportó mal.7 Usa la tasa del día de la factura. Si eres el cliente y el error es de tu suplidor, pídele que corrija el comprobante.7
Las preguntas frecuentes oficiales solo dicen que uses “la misma razonabilidad” de la facturación de siempre.3 Las respuestas de la Comunidad de Ayuda son más concretas. Si quieres una respuesta de la DGII que valga para tu caso (vinculante), haz una consulta técnica.8
¿Qué le facturo a un cliente extranjero sin RNC?
Depende de lo que le vendes, pero no una E31. La factura de crédito fiscal exige el RNC o la cédula del comprador y no acepta una identificación extranjera.2
- Si exportas bienes, emites un E46. Lleva el nombre del comprador y puede llevar su país.2
- Si le das un servicio, emites una E32 con su identificación tributaria y su nombre.9 Desde RD$ 250,000, su identificación va en el campo Identificador Extranjero. Por debajo de ese monto, el formato no pide la identificación del comprador.2
- Si te compra como consumidor final, emites una E32. Por debajo de RD$ 250,000 sus datos son opcionales.2
Desde RD$ 250,000, una E32 a un extranjero sin cédula lleva su número de identificación en lugar del RNC. Va en el campo “Identificador Extranjero”, de hasta 20 caracteres.2 Las demás reglas están en la guía de la factura de consumo electrónica.
¿Cuándo uso E46 y cuándo E32 para un cliente del exterior?
Usa el E46 cuando vendes bienes que salen del país. Usa la E32 cuando le das un servicio a alguien de afuera.1011
El E46, el Comprobante Electrónico para Exportaciones, es para exportadores, zonas francas y zonas francas comerciales.10 Para los servicios al exterior, la DGII dice que se facturan con una E32.119
| Caso | e-CF | ITBIS | Datos del cliente |
|---|---|---|---|
| Exportas bienes | E46 |
Tasa cero12 | Su nombre y, si quieres, su país2 |
| Das un servicio que se usa en el exterior | E32 |
Exento, si cumple las condiciones13 | Su identificación tributaria y su nombre9 |
| Un cliente en el país te paga en dólares | E31 o E32, como siempre |
El de siempre, en pesos y en dólares3 | RNC o cédula si es E31 |
El E46 también puede llevar los datos del embarque, como el puerto, el contenedor y las condiciones de entrega. Son opcionales.2
Puedes darle al cliente la factura de exportación en otro idioma, o en dos. El archivo que envías a la DGII va en español.14
¿Lleva ITBIS una venta al exterior?
Los bienes que exportas llevan ITBIS tasa cero, es decir, un ITBIS del 0 %. Los servicios que se usan en el exterior están exentos si cumplen ciertas condiciones.1213
Bienes que exportas
El Código Tributario pone en tasa cero el ITBIS de los bienes que se exportan.12 En el E46, cada línea va con el indicador de ITBIS tasa cero.2
Como exportador, puedes restar el ITBIS que pagaste en lo que compraste para exportar. Si te queda saldo a favor, puedes pedir el reembolso o la compensación. El Código Tributario da un plazo de 6 meses y no dice desde cuándo se cuenta.12 Confírmalo con tu contador.
Servicios a un cliente del exterior
El servicio va sin ITBIS solo si cumple todas las condiciones del reglamento del ITBIS.1311 Si falta una, la exención no aplica.
Antes de facturar un servicio sin ITBIS
Las marcas no se guardan al salir de la página.
Ventas en dólares dentro del país
La moneda no cambia el ITBIS que aplica. Lo escribes en pesos y también en la otra moneda.3
¿Puedo facturar en dólares con el Facturador Gratuito?
No. El Facturador Gratuito de la DGII solo factura en pesos dominicanos.1516 Sí emite todos los tipos de e-CF, incluido el E46, pero con los montos en pesos.15
Si facturas en dólares, necesitas un proveedor autorizado o un sistema propio. Compáralos en las formas de facturar.
Preguntas frecuentes
¿Qué tasa de cambio usa la DGII para las facturas en dólares?
La del Banco Central del día de la factura, según las respuestas de la DGII en su Comunidad de Ayuda.57 Sus preguntas frecuentes solo piden una tasa razonable.3 La DGII publica las tasas del dólar y del euro en su página de tasas de cambio.6
¿Qué comprobante le hago a una empresa del exterior por un servicio?
Una factura de consumo E32, con la identificación tributaria y el nombre de la empresa. Va sin ITBIS si el servicio se usa solo en el exterior y cumple las demás condiciones.9
¿El E46 sirve para exportar servicios?
No. El E46 es para ventas de bienes fuera del país. Los servicios al exterior van en E32.1011
¿Tengo que enviar el 607 si facturo en dólares?
No. Según la DGII, quien emite e-CF en dólares tampoco reporta el 607.4
¿La factura impresa puede ir solo en dólares?
Sí. La representación impresa puede mostrar solo los montos en dólares, porque el archivo XML ya lleva los dos.1
Fuentes
Revisamos cada fuente el 20 de octubre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos.
- Informe Técnico e-CF v1.0, secciones 11 y 18DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Formato del Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) v1.0, campos 38 a 61 y 120 a 137, y tabla II de monedasDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Preguntas frecuentes de facturación electrónica, 1.6.1, 1.6.2 y 3.1.10DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- “Cómo reportar las ventas de una empresa que facture en dólares”, respuesta del 21 sep 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- “Servicios sujetos a retención de impuestos facturados en monedas extranjeras”, respuesta del 16 jul 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Tasas de cambio del dólar y del euro para transacciones tributariasDGII · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- “Registro en formato 606 de e-CF emitido de divisa y diferencia en tasa de cambio”, respuesta del 7 ago 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- “Consulta sobre facturación electrónica en USD mediante facturador gratuito DGII”, respuesta del 18 feb 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- “Facturación de servicios de plataforma de marketing a empresa extranjera”, respuesta del 15 sep 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Ley 32-23 de Facturación Electrónica, artículo 15DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- “Factura de servicio a cliente del exterior”, respuesta del 22 jul 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Código Tributario, título III del ITBIS, artículos 342 y 350DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Reglamento 293-11 del ITBIS, artículo 14, literal jDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- CA5080, facturas electrónicas de exportación en otro idiomaDGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Preguntas frecuentes del Facturador Gratuito, 13 y 32DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- “Facturación electrónica en moneda extranjera”, respuesta del 9 sep 2026DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026