La Ley 32-23 tiene su propia lista de infracciones, pero no sus propios montos. Para la multa, remite al Código Tributario.1 Aquí ves qué cuenta como infracción, cuánto cuesta y cómo se aplica.
Las multas dependen de una fecha, la de tu grupo.
¿Hay multas por no facturar electrónicamente?
Sí. La Ley 32-23 llama infracción tributaria a no usar la factura electrónica cuando estás obligado.1 La multa la fija el artículo 257 del Código Tributario.12
Para los pequeños, micro y no clasificados, la DGII avisó que las sanciones aplican al vencer su prórroga, el 15 de noviembre de 2026.34 Las fechas de los demás grupos están en la fecha límite de la facturación electrónica.
Fecha límite
15 de noviembre de 2026. Desde ese día, si eres pequeño, micro o no clasificado y no eres emisor electrónico, la DGII puede aplicarte las sanciones de la ley.3
¿Cuánto es la multa por no facturar electrónicamente?
De 5 a 30 salarios mínimos.2 Es la multa del Código Tributario por incumplir los deberes formales. Son las tareas que todo contribuyente cumple, como emitir comprobantes fiscales.5
| Sanción | Qué dice |
|---|---|
| Multa | De 5 a 30 salarios mínimos por incumplir un deber formal.2 |
| Sanciones extra | La DGII puede suspender concesiones, beneficios o actividades, o cerrar locales, según la gravedad del caso. Se suman a la multa.2 |
| Sanción adicional | Si el incumplimiento es de enviar información a la DGII, puede sumar 0.25 % de los ingresos declarados en el período fiscal anterior.26 |
La DGII usa el salario mínimo general de las empresas privadas (el del sector privado no sectorizado). Lo fija el Comité Nacional de Salarios.5 No ha publicado cuánto es esta multa en pesos para 2026. Por confirmar
Enviar tarde tus e-CF a la DGII también es infracción. La ley la castiga por el artículo 205 del Código Tributario, con la misma multa del artículo 257.12
¿Qué cuenta como infracción?
La Ley 32-23 enumera 16 infracciones en su artículo 26.1 Si vence tu plazo y no eres emisor electrónico, la DGII dice que cometes nueve de ellas.7
| Núm. | Infracción |
|---|---|
| 1 | No usar la factura electrónica cuando te toca |
| 2 | Emitir facturas electrónicas sin autorización de la DGII |
| 8 | Emitir sin el formato estándar de la DGII |
| 9 | Emitir sin la validación de los sistemas de la DGII |
| 10 | Enviar las facturas en un formato que no sea XML |
| 13 | Emitir e-CF que el sistema de la DGII no validó |
| 14 | No respetar las reglas de cada tipo de e-CF |
| 15 | No cumplir los deberes del emisor, como firmar, recibir y conservar tus e-CF |
| 16 | No enviar a tiempo tus e-CF a la DGII |
| Núm. | Infracción |
|---|---|
| 3 a 6 | No tener un certificado digital válido de una entidad autorizada por el INDOTEL, o no guardarlo en un dispositivo seguro |
| 7 | Cambiar una factura después de firmarla y enviarla a la DGII |
| 11 y 12 | No conservar la representación impresa o no cumplir sus requisitos |
Los delitos son otra cosa. Una factura apócrifa es una factura falsa, que no refleja una venta real. Emitirla o usarla para defraudar al fisco se castiga con 1 a 5 años de prisión. También con una multa del doble al cuádruple de su valor y el cierre definitivo del negocio.1 Atacar el sistema de la DGII lleva de 5 a 10 años de prisión.1
¿Me multan automáticamente después de la fecha límite?
La multa no llega sola. Sale de un procedimiento con un acta y un plazo para que te defiendas.518
Según la DGII, el procedimiento tiene estos pasos.5
Cómo se aplica una multa de la DGII
- Empieza con una visita o una denuncia. También puede ser una compra encubierta. El personal de la DGII te muestra su carné y la carta que autoriza la visita (carta de ruta).
- La DGII levanta un acta de comprobación. Anota tu RNC, la fecha, la hora y lo que no cumpliste.
- Tienes 5 días para defenderte. Lo haces por escrito (tus alegatos), con las pruebas que tengas.
- La DGII decide. Si te da la razón, emite un acta de descargo. Si no, emite la resolución de multa.
- Puedes recurrir en 30 días laborables. Le pides a la DGII que revise su decisión (recurso de reconsideración) o vas a un tribunal (recurso contencioso tributario).
Hay dos cosas que pasan sin visita. El reglamento dice que la DGII considera vencidos los comprobantes B de quien no empezó a facturar electrónicamente en su plazo.8 Y tus clientes ven una alerta cuando reportan a la DGII un comprobante B tuyo después de tu fecha.9
Vencidos los plazos, la ley también deja a la DGII usar los datos de los e-CF para detectar riesgos. Puede, por ejemplo, generar alertas en tu Oficina Virtual.1
¿Le pasa algo a quien acepta una factura que no es electrónica?
Sí, si tu suplidor ya debía facturar electrónicamente. Pasada su fecha, la DGII considera vencidos sus comprobantes B, y puedes perder ese gasto ante la DGII. El reglamento solo acepta el comprobante B de un emisor electrónico para costos, gastos y crédito fiscal si lo emitió en una contingencia notificada a la DGII.8
Además, cuando el comprador reporta ese comprobante B, la DGII le muestra la alerta “Emisor debe emitir una secuencia electrónica válida”. Le pide contactar al suplidor para que le emita un e-CF.9
Dato clave
Para saber si un suplidor ya es emisor electrónico, entra a la página de emisores electrónicos autorizados de la DGII, pulsa Buscar Emisores Electrónicos y escribe su RNC.10
¿Cómo me pongo al día si ya se me pasó la fecha?
Lo primero es hacerte emisor electrónico. Las sanciones del aviso son para quien todavía no es emisor electrónico.3
- Pide el Facturador Gratuito si emites hasta unas 150 facturas al mes. La DGII responde la solicitud de inmediato.11 Mira el Facturador Gratuito paso a paso.
- Si usas un proveedor o tu propio sistema, envía la solicitud por la Oficina Virtual. La DGII responde en 1 día laborable, y luego pasas las pruebas de certificación.12
- Desde que te autoricen, emite solo e-CF.9
- Si recibes un acta, tienes 5 días para responder. Lo haces por escrito.5
- Si te multan, puedes recurrir. Tienes 30 días laborables desde que te notifican.5
No puedes pedir más tiempo. La prórroga es única y no pasa de 6 meses desde el plazo de la ley, el 15 de mayo de 2026, así que termina el mismo 15 de noviembre de 2026.83 Al 20 de octubre de 2026, la DGII no ha anunciado otra prórroga general.13
Si te inscribiste en el RNC después de la fecha de tu grupo, tienes 120 días desde tu inscripción.8 Los pasos para un negocio pequeño están en la factura electrónica para pequeños negocios.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa en pesos?
La DGII no ha publicado el monto en pesos para 2026. El Código Tributario la fija en 5 a 30 salarios mínimos, y la DGII usa el salario mínimo del sector privado no sectorizado.25
¿Me pueden cerrar el negocio?
Sí, si hay agravantes. El Código Tributario permite cerrar locales como sanción extra, según la gravedad del caso. El cierre definitivo del negocio es la pena por usar facturas falsas (apócrifas).21
¿La reforma fiscal de 2026 cambió estas multas?
No. La Ley 30-26 no menciona la Ley 32-23 ni cambia el artículo 257 del Código Tributario.14
¿Es infracción enviar tarde una factura electrónica?
Sí. Es la infracción 16 de la Ley 32-23 y se sanciona como incumplimiento de deberes formales del Código Tributario.12
¿Qué dice el artículo 27 de la Ley 32-23?
Dice que las infracciones 1 a 15 del artículo 26 se castigan con la multa del artículo 257 del Código Tributario.1
Fuentes
Revisamos cada fuente el 20 de octubre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos.
- Ley 32-23 de Facturación ElectrónicaDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Código Tributario, Ley 11-92, Título I (artículos 205 y 257)DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Aviso 06-26, extensión del plazo para pequeños, micros y no clasificadosDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- 100 mil contribuyentes ya son emisores electrónicos (19 oct 2026)DGII · Noticia · Consultada el 20 oct 2026
- Los deberes formales de los contribuyentes y el proceso sancionatorioDGII, Editorial Jurídico · Artículo · Consultada el 20 oct 2026
- CA4603, sanciones por incumplir los deberes formalesDGII, Comunidad de Ayuda · Respuesta oficial · Consultada el 20 oct 2026
- Aviso 14-25, plazo para pequeños, micro, no clasificados y demás entidades estatalesDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Decreto 587-24, reglamento de la Ley 32-23DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Preguntas frecuentes de facturación electrónica, generales (mayo 2026)DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Emisores electrónicos autorizados (buscador por RNC)DGII · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- CA4759, ¿cómo solicito la autorización para utilizar el Facturador Gratuito?DGII, Comunidad de Ayuda · Respuesta oficial · Consultada el 20 oct 2026
- CA4001, ¿cómo solicito autorización para ser emisor de e-CF?DGII, Comunidad de Ayuda · Respuesta oficial · Consultada el 20 oct 2026
- Avisos informativos de la DGII (índice)DGII · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Ley 30-26 de medidas pro-crecimiento económico y simplificación fiscalDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026