La Ley 32-23, de mayo de 2023, hace obligatoria la factura electrónica en todo el país.1 Ese cambio tiene un nombre corto, e-CF. Aquí lo explicamos en palabras simples.
¿Qué es un e-CF?
Un e-CF es un comprobante fiscal electrónico. Es tu factura de siempre, pero hecha como archivo y firmada en digital. La envías a la DGII, la Dirección General de Impuestos Internos.2
Sirve para lo mismo que la factura en papel. Prueba que vendiste un bien o prestaste un servicio. Según el tipo, también le sirve a tu cliente para sustentar sus gastos o su crédito fiscal, el ITBIS que pagó y puede descontar.1
El e-CF es la misma factura de siempre, en archivo y validada por la DGII.
¿Qué hace válido un e-CF?
Un e-CF vale como factura cuando cumple tres cosas a la vez. Si falta una, no es un e-CF válido.
- Tiene el formato de la DGII. Es un archivo XML, un texto con etiquetas que los sistemas leen solos. La DGII define cada campo y valida el archivo.1
- Lleva tu firma digital. Lo firmas con un certificado digital para procesos tributarios. Ese certificado lo emite una entidad autorizada por el INDOTEL, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, que autoriza a quienes venden certificados digitales. Esa firma sustituye tu firma a mano y tu sello.12
- La DGII lo aceptó. Tu sistema lo envía en el momento de la venta. Solo vale si la DGII responde Aceptado o Aceptado condicional.12
En cómo funciona la factura electrónica ves qué significa cada respuesta de la DGII.
Dato clave
Un e-CF firmado y enviado a la DGII ya no se puede cambiar. Si tiene un error, lo corriges con una nota de crédito o de débito electrónica.12
¿En qué se diferencia de una factura con NCF en papel?
El NCF es el número de comprobante fiscal de las facturas de siempre, los comprobantes B, cuyo número empieza con B, como el B01. El e-CF cumple la misma función, pero cambia la forma y el momento en que la DGII se entera de tu venta.3
| Con NCF (serie B) | e-CF (serie E) | |
|---|---|---|
| Número | B, tipo y 8 dígitos. 11 caracteres.3 | E, tipo y 10 dígitos. 13 caracteres.4 |
| Forma | Impreso en papel | Archivo XML con firma digital5 |
| Cómo llega a la DGII | En tu reporte de ventas, el formato 6076 | Lo envías al emitirlo. No va en el 607.26 |
| Validez | La de un comprobante fiscal | La misma, si la DGII lo acepta15 |
Casi todos los comprobantes B tienen su versión electrónica, con el mismo nombre y la palabra “Electrónica” o “Electrónico”. La factura de crédito fiscal, que en papel es el B01, es la E31.35 El Registro Único de Ingresos (RUI, el B12) no tiene versión electrónica. Esas ventas pasan a la factura de consumo electrónica.2 Los diez tipos están en los tipos de e-CF y su equivalente B.
Al hacerte emisor electrónico puedes usar la serie E y la serie B a la vez hasta la fecha de corte de la B de tu grupo.11 Después, la B solo vale en una contingencia declarada, una falla que te impide emitir tus e-CF o enviarlos a la DGII.2 Además, ya no tienes que usar impresora fiscal.1
¿Qué es el e-NCF y en qué se diferencia del NCF?
El e-NCF es el número de cada e-CF. Te lo da la DGII, y lo identifica como el NCF identifica una factura de papel.2 El NCF empieza con B y tiene 11 caracteres. El e-NCF empieza con E y tiene 13, en tres partes.34
Cómo se lee un e-NCF
- Serie. La letra E dice que el comprobante es electrónico.
- Tipo. Dos dígitos dicen qué comprobante es. El 31 es una factura de crédito fiscal.
- Secuencia. Diez dígitos que numeran tus comprobantes de ese tipo.
Hay diez tipos de e-CF. El 31 es la factura de crédito fiscal y el 32, la factura de consumo, para el consumidor final, el cliente que compra para su propio consumo y no usa la factura en sus impuestos.4 Más detalle en cómo se lee un e-NCF.
Pides tus e-NCF en la Oficina Virtual, el portal de la DGII donde haces tus trámites con usuario y clave. Los pides después de que la DGII te autoriza como emisor electrónico.2
¿Tiene la misma validez que una factura en papel?
Sí. La ley le da el mismo valor que a la factura en papel, también como prueba. Vale igual en lo comercial, lo civil, lo financiero y lo tributario.1
La condición es que la DGII la acepte. Solo la factura que la DGII recibe y valida se convierte en e-CF y sirve de prueba de lo que dice.1 Un e-CF rechazado no es válido para fines fiscales.2
Si hace falta, un tribunal o la otra parte de la venta puede pedir a la DGII una certificación de lo que dice la factura.1
¿Para qué sirve la facturación electrónica y qué beneficios tiene?
La Ley 32-23 explica sus razones al inicio. Estas son las que tocan a un negocio.1
- Cumplir cuesta menos. La ley espera que digitalizar baje tus gastos de operación y el costo de cumplir con tus impuestos.
- Datos en tiempo real. La DGII conoce cada venta cuando ocurre. La ley lo une a más transparencia de precios y a un menor impacto ambiental.
- Más control y menos evasión. El Estado busca mercados más transparentes y mejores ingresos fiscales.
Cuando venzan los plazos, la ley le permite a la DGII usar esos datos de dos formas. Puede proponerte tus declaraciones juradas ya llenas. Y puede avisarte en la Oficina Virtual si ve algo inusual en tus ventas.1
¿Desde cuándo tengo que emitir e-CF?
Depende del grupo en que la DGII clasifica tu negocio. Los grandes contribuyentes nacionales ya emiten solo e-CF, porque sus comprobantes B vencieron el 31 de diciembre de 2025.10 Los grandes locales y los medianos emitirán solo e-CF desde el 1 de noviembre de 2026.7
Busca tu grupo y lo que pasa con tus comprobantes B en la fecha límite de tu grupo. Si no sabes si te toca, mira quién está obligado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa e-CF?
Comprobante fiscal electrónico. Es la factura electrónica que la DGII recibe y valida.2
¿Tengo que imprimir el e-CF?
No siempre. A un cliente que también es emisor electrónico le llega el archivo. A los demás les entregas la representación impresa, en papel o por un medio digital como el correo.26
¿Puedo seguir usando mis comprobantes B?
Sí, hasta la fecha de corte de tu grupo, aunque ya seas emisor electrónico.11 Los grandes nacionales ya no pueden usarlos. Los grandes locales y medianos pueden hasta el 31 de octubre de 2026. Para pequeños, micro y no clasificados, la DGII no ha publicado la fecha.107 Hasta esa fecha puedes usar la serie E y la serie B a la vez. Después, la B solo vale en una contingencia declarada.11
¿Qué necesito para emitir e-CF?
La autorización de la DGII como emisor electrónico y un certificado digital. Emites con tu propio sistema, con un proveedor autorizado o con el Facturador Gratuito de la DGII. Mira lo que necesitas antes de empezar.1
Fuentes
Revisamos cada fuente el 20 de octubre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos.
- Ley núm. 32-23 de Facturación Electrónica de la República DominicanaDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Decreto 587-24, Reglamento de aplicación de la Ley 32-23DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Estructura y tipos de comprobantes fiscales (NCF)DGII · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Estructura y tipos de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF)DGII · Página web · Consultada el 20 oct 2026
- Informe Técnico e-CF v1.0DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Preguntas frecuentes de facturación electrónica, generales (mayo de 2026)DGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Aviso 14-26, emisión exclusiva de e-CF para grandes locales y medianosDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- Aviso 06-26, prórroga para pequeños, micro y no clasificadosDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- 100 mil contribuyentes ya son emisores electrónicos (19 oct 2026)DGII · Noticia · Consultada el 20 oct 2026
- Aviso 25-25, emisión exclusiva de e-CF para grandes contribuyentes nacionalesDGII · PDF · Consultada el 20 oct 2026
- ¿Puede un contribuyente emisor electrónico facturar con la serie E y B? (CA4770)DGII, Comunidad de Ayuda · Página web · Consultada el 20 oct 2026